INAMOVILIDAD LABORAL - CONTRATOS A PLAZO FIJO

INAMOVILIDAD LABORAL - CONTRATOS A PLAZO FIJO

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LAS MUJERES EMBARAZADAS Y/O PADRES PROGENITORES, CON CONTRATOS DE TRABAJO A PLAZO FIJO, GOZAN DE INAMOVILIDAD LABORAL, HASTA LA FINALIZACIÓN DE SU CONTRATO Y TAMBIÉN GOZAN DE LOS SUBSIDIOS DETERMINADOS POR LEY.



La SCP 0084/2017-S2 de 20 de febrero, señaló que:



"Al respecto, La SC 0109/2006-R de 31 de enero, estableció: “1) Si la mujer fue contratada a plazo fijo, fenecido el término pactado entre partes, se extingue la relación laboral, con la obligación del empleador de cancelar, si corresponde, los beneficios que la ley acuerda para tales casos, sin que pueda exigirse al empleador mantener a la trabajadora en el cargo aunque haya resultado embarazada en el lapso de la prestación de servicios; 2) Si el contrato a plazo fijo se renovó una sola vez, es decir que existirían dos contrataciones a plazo fijo sucesivas, tampoco corresponde la aplicación de lo dispuesto por la Ley 975, por cuanto no se ha operado la conversión del contrato en uno por tiempo indefinido, debiendo actuarse conforme se señaló en el inciso anterior; 3) Si el contrato a plazo fijo fue renovado en más de dos ocasiones, conforme a las disposiciones anotadas precedentemente, se produce la conversión del contrato en uno por tiempo indeterminado, de manera que es de ineludible aplicación lo dispuesto por la Ley 975, o sea que se debe respetar la inamovilidad de la trabajadora hasta que su hijo o hija cumpla el primer año de edad, además de ser acreedora de las prestaciones y subsidios que la ley establece por la maternidad", intelecto que de acuerdo al art. 48.VI de la CPE, es extensible también a los progenitores hasta que el hijo o hija cumpla un año de edad, en este sentido, el art. 2 del DS 0012 indica: “La madre y/o padre progenitores, sea cual fuere su estado civil, gozaran de inamovilidad laboral desde la gestación hasta que su hijo o hija cumpla un (1) año de edad, no pudiendo ser despedidos, afectarse su nivel salarial ni su ubicación en su puesto de trabajo”, velando así que la mujer tenga una maternidad segura desde el embarazo, parto y en los periodos prenatal y pos natal.



Se debe tomar en cuenta que la accionante es una empleada con contrato de trabajo a plazo fijo, y en este caso su inamovilidad laboral le alcanza hasta el momento en el que culmine su contrato, toda vez que la trabajadora gozará de inamovilidad laboral hasta la finalización de su contrato de trabajo, además que al empleador le corresponderá continuar con la prestación de subsidios al ser en gestación solo por el término que dure el contrato".
1 Comentarios

Peter Ea

23 Sep. 2021, 08:24

que pasa con los miembros del comite mixto que tienen contrato a plazo fijo?